Correo Masivo Básico

SServicio de correo para envios masivos de documentos que no requieran seguimiento ni prueba de entrga. Dimensiónes máximas para admitir 22 cm * 35 cm * 1 cm de espesor, 250 grms peso máximo por pieza y cantidad mínima de imposición 100 piezas.

  • Persona Natural: Envíos individuales y masivos en puntos de atención
  • Persona Jurídica: Envíos individuales y masivos en puntos de atención y para cliente con contrato corporativo

Título habilitante: Concesión correo.

Urbano regional, nacional y trayecto especial.

Urbano: 3 días hábiles.

Nacional: 5 días hábiles.

En cualquier caso, los tiempos de entrega serán negociados con el cliente.

Forma de entrega: Bajo puerta, en buzón o apartado postal.

Intentos de entrega: 1.

No aplica.

No aplica.

De no ser posible su devolución el envío será llevado a la Unidad de Rezagos, donse aplicará la resolución de rezagos vigente.

  • Rehusado
  • No existe
  • No reside
  • No reclamado
  • Desconocido
  • Dirección errada
  • Cerrado
  • No contactado
  • Fallecido
  • Apartado clausurado
  • Fuerza mayor

Peso máximo: 250 gr por pieza.

Dimensiones máximas a admitir: 22 cm. x 35 cm. x 1 cm de espesor.

  • Recolección de cliente corporativo.
  • Puntos de venta propios.

Para la admisión, el cliente debe proporcionar la base de datos con la cual se gestionarán los envíos.

Cantidad mínima por imposición: 100 piezas.

 

Sí aplica. 

Los envíos deben estar empacados y embalados en la forma correcta según las características del envío para evitar averías y explicaciones.

Nota: No transportamos paquetes sin valores declarados.


Nota: En los servicios de Correo Masivo Básico y Estándar, así como en el servicio de mensajería expresa donde medie un descuento en la tarifa vigente, el cliente se compromete a cumplir con el volumen de imposición mínima diaria, semanal o mensual establecidad en la propuesta comercial acordada con el cliente, o establecido en los estudios previos, el contrato o el que haga sus veces, que sirvió de base para fijar la tarifa.
El incumplimiento en el volumen mínimo que debe imponer el cliente y atendiendo a que la tarifa del servicio de distribución masiva tiene relación directa con el volumen de envíos impuestos, dará lugar a la reliquidación del valor unitario cobrado conforme a la tabla de valores y volúmenes publicada en la resolución de tarifas vigentes.